Acceso al Crédito para Empresas

¿Quiénes pueden acceder al relanzamiento del programa estatal Reactiva Perú 2023?

Durante su discurso en conmemoración de las Fiestas Patrias, la presidenta Dina Boluarte anunció que en el transcurso del cuarto trimestre del año se lanzará una edición mejorada y ampliada del programa Reactiva Perú.

¿En qué consiste el programa Reactiva Perú?

El programa Reactiva Perú busca mantener la liquidez de las empresas y proteger el empleo después de la crisis económica generada por la pandemia.

Este programa fue establecido mediante el Decreto Legislativo 1455 en el año 2020 y tuvo como principal objetivo proporcionar una respuesta ágil y efectiva a las necesidades de liquidez que enfrentaron las empresas debido al impacto de la pandemia de Covid-19.

Según datos proporcionados por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), el programa comenzó con un respaldo de S/30,000 millones en garantías. Luego, a través del Decreto Legislativo 1485, se incrementó el monto de las garantías en S/30,000 millones más, alcanzando un total de S/60,000 millones, lo que representa el 8% del Producto Bruto Interno (PBI).

El propósito del programa era garantizar la continuidad en la cadena de pagos al ofrecer garantías a empresas de distintos tamaños: micro, pequeñas, medianas y grandes. Esto permitiría a estas empresas acceder a créditos destinados al capital de trabajo, facilitando así el cumplimiento de sus compromisos de corto plazo con sus empleados y proveedores de bienes y servicios.

¿Qué empresas califican al programa Reactiva Perú?

  • Las empresas no deben tener deudas tributarias administradas por la Sunat, por periodos anteriores al 2020, exigibles en cobranza coactiva por un monto mayor a 1 UIT (S/4,300) al momento de solicitar el crédito a la Empresa del Sistema Financiero.
  • Las empresas deben estar clasificadas en el Sistema Financiero, en la central de riesgo de la SBS, en la categoría de “Normal” o “Con Problemas Potenciales”.
  • Si las empresas no cuentan con clasificación a dicha fecha, no haber estado en una categoría diferente a la categoría “Normal” considerando los 12 meses previos al otorgamiento del préstamo. También, se considerarán con categoría “Normal” aquellas que no cuenten con ninguna clasificación en los últimos 12 meses.
  • No estar vinculadas a la entidad del sistema financiero otorgante, así como empresas comprendidas en el ámbito de la Ley N° 30737.

Fuente. Walac Noticias