Tengo que admitirlo, la coyuntura me llevó a escribir estas líneas.

Desde mi sitial como asesor financiero, estuve días, meses e incluso años sin reparar en la necesidad de analizar siquiera cuales son los pasos o procedimientos necesarios para adquirir bienes de lujo, desde su importación y/o compra hasta su puesta en uso, y producto de aquella transacción observar el sentido de ostentación que al parecer también viene añadido al producto, los “luxury articles”  tienen un componente social muy particular y ha sido aceptada la premisa de que estos artículos añaden a sus propietarios un aura de poder, motivo por el cual son notoriamente ambicionados.

Más allá de la capacidad económica personal, la cual al parecer se convierte en el principal requisito, no es muy complicado adquirir un bien de lujo: entras a una tienda virtual, puesto que en Lima no hay muchos establecimientos que expendan estos bienes, realizas un pedido, te confirman la disponibilidad, recoges el producto del establecimiento importador (o directamente de la aduana), pagas un tributo adicional llamado Impuesto Selectivo al Consumo, en contados casos firmas algunos formularios adicionales, registras tu V°B° en la trastienda de entregas y listo, tu “luxury article” ya forma parte de tu inventario.

Y puede que lo anterior sea justamente parte del problema, no me refiero a la facilidad transaccional, ni los cargos impositivos adicionales, me refiéro a la – al parecer no muy inteligente – decisión de compra y posterior utilización, en especial cuando en tu sociedad existen estas 3 características:

  1. Una sociedad donde el riesgo que implica tenerlos supera a los beneficios,
  2. Elevados costes de transaccionalidad futura,
  3. Asumir un alto costo de “mantenimiento social”, dadas las expectativas económicas no cubiertas de la mayoría de los integrantes de la sociedad.

Sean vistos como inversiones o como gastos, los bienes de lujo nunca pasaran desapercibidos, una cartera Gucci, un automóvil Ferrari, un perfume Channel, o un reloj Rolex conllevan “costos de mantenimiento social”, estos costos generalmente dejan el anonimato y aparecen sin reparos en sociedades como la nuestra, en donde la disparidad e irregularidad económica tienen mala prensa; al parecer solo nos hemos fijado en ese espejismo que nos cuenta que los beneficios de tener un bien de lujo, esa sensación de empoderamiento que conlleva su uso, es suficiente; cuando puede que tales beneficios en realidad sean rebasados por la percepción acusante de una sociedad cada vez mas intolerante con el poder adquisitivo ajeno, mas aun si este poder adquisitivo tiene potencialidad de haber sido alcanzado con mala fe, con enriquecimiento ilícito o simplemente a costa de los demás.

No en vano decía Claude Chaillan, profesor de la Universidad de Mónaco, En los países del primer mundo los que pueden siguen adquiriendo viajes por crucero, relojes y carteras para su autoestima o satisfacción…Todos los estudios señalan que, en las economías desarrolladas, en este contexto pesado, la gente busca algunas satisfacciones en la vida cotidiana para abstraerse, que pueden también venir de la compra de un objeto de lujo”. El problema es que en Perú de momento es 100% cuestionable intentar abstraerse de esa forma, puesto que no somos un país desarrollado y nuestra falta de educación financiera nos impide comprender la particular visión psicosocial que implica usar un artículo de lujo.

La sociedad no debe castigar la ostentación y deseos personales que alguien pudiere tener en relación al derecho de usar uno de estos artículos, un axioma de la libertad es justamente la propiedad privada y su pleno ejercicio.

Lo que debemos castigar y cuestionar es la estupidez, la mala fe y la falta de lectura de las coyunturas sociales existentes, las cuales nos pueden hacer presa de la opinión pública, por tan solo “usar un reloj”.