Estamos a casi un año de la entrada en vigencia de la ley N° 31658 la cual creó el Programa de Impulso Empresarial: “IMPULSO MYPERU”, cuyo objetivo principal apuntaba a reactivar la economía y garantizar la cadena de pagos, corrigiendo en su despliegue las debilidades observadas por su predecesor REACTIVA MIPERU (D. Legislativo N° 1455), cuya sombra dejo muchas dudas acerca de la verdadera capacidad del estado, respecto de generar una autentica inclusión financiera.

A pesar que hace pocos días, el ministro de Economía y Finanzas, Alonso Contreras, anuncio la ampliación de este beneficio crediticio hasta el mes de marzo del 2024, todavía imperan en nuestro país muchas dudas acerca del auténtico alcance del programa; desde distintos ámbitos del emprendimiento se cree, por ejemplo, (porque así lo anunció el ministro Contreras en los diferentes medios), que solo apersonándose a la entidad financiera correspondiente el solicitante al crédito puede obtener toda información relativa al otorgamiento; no obstante, existen muchas personas que reportan que la respuesta de las entidades se limita a decir: “nosotros estamos a la espera del listado de empresas que accederán a los créditos”.

Por otro lado, dada la experiencia en los créditos REACTIVA, respecto del aumento de los niveles de mora, ¿Fue la mejor opción el otorgar créditos con una garantía estatal de hasta el 98%? ¿El “bono del buen pagador” representará en la practica un incentivo eficaz para la recuperación de los créditos otorgados?, ello cuando justamente la recesión actual no permite asumir los compromisos financieros adquiridos, y aspirar con ello a denominarse: “buen pagador”. Después de todo, ¿Qué garantiza que una mype devuelva un crédito?, si no es su propia capacidad para generar ventas y deshacerse de sus inventarios. La norma establece que es posible incluso asignar los recursos obtenidos para cumplir con el pago de deudas, muchas de las mismas seguramente destinadas a honrar los créditos obtenidos con las principales entidades bancarias, quedando en un segundo plano la renovación de activos fijos o del propio capital de trabajo, los cuales son el destino deseable respecto de cualquier crédito obtenido.

Se rescata la actitud del estado para impulsar el acceso al crédito, con periodos de gracia razonables y tasas de interés competitivas, el programa IMPULSA MYPERU obviamente ha corregido algunas desviaciones presentadas por los programas REACTIVA 1 y 2, los cuales se dieron en un contexto diferente, mas no queda muy claro el tiempo de espera en relación a la tan ansiada reactivación económica, la cual evidentemente debe verse reflejada en la recuperación de puestos de trabajo en las mypes, las cuales fueron las más golpeadas durante la pandemia.

Tristemente en nuestro país aún tenemos al concepto de “reactivación económica” como sinónimo de “otorgamiento de plata para destinarlo al consumo”, cuando el significado de dicho termino tiene que ver principalmente con la el cambio de actitud y proclividad del empresariado – grande o pequeño – hacia el incremento de su “inteligencia comercial”, así como el cuidado de los recursos propios, los cuales se asume, se han ganado con mucho esfuerzo.